¿Es el voyerismo una enfermedad mental?

Los criterios diagnósticos del trastorno de voyerismo pueden aplicarse tanto en a los individuos que en mayor o menor medida admiten libremente este tipo de parafilias como a aquellos que niegan categóricamente cualquier tendencia sexual a observar a personas desprevenidas cuando estén desnudas, desnudándose o dedicadas a realizar actividades sexuales a pesar de haber pruebas de lo contrario. Si los individuos que lo admiten explican también malestar o problemas psicosociales debido a sus preferencias sexuales voyeurísticas, entonces se pueden diagnosticar de trastorno de voyerismo. Por otro lado, si refieren que no sufren malestar, demostrado por ausencia de ansiedad, obsesiones, culpa o vergüenza por estos impulsos parafílicos, no hay un deterioro en otras áreas importantes del funcionamiento debido a sus intereses sexuales y sus antecedentes psiquiátricos o legales indican que no actúan de esa manera, entonces puede afirmarse que tienen un interés sexual de voyerismo, pero no deben ser diagnosticados de trastorno de voyerismo.

Entre los individuos que no lo admiten se incluyen, por ejemplo, los que han espiado repetidamente en distintas ocasiones a personas desprevenidas que están desnudas o dedicadas a una actividad sexual pero que niegan cualquier deseo irrefrenable o fantasía relacionada con dicho comportamiento sexual y que pueden explicar que los episodios conocidos de observación de personas desprevenidas que están desnudas o en actividad sexual fueran esporádicos y no sexuales.

Otros individuos pueden reconocer episodios anteriores de observación de personas desprevenidas que estaban desnudas o sexualmente activas, pero rebatir cualquier interés sexual significativo o continuado de ese comportamiento. Desde el momento en que los individuos niegan tener fantasías con la observación de terceras personas desnudas o en actividad sexual, dichos individuos también negarán sentirse subjetivamente mal o presentar deterioro en lo social debido a sus impulsos.

El comportamiento voyeurístico recurrente constituye un argumento suficiente a favor del voyerismo y simultáneamente demuestra que ese comportamiento de motivación parafílica causa daño a terceras personas

Espiar “recurrentemente” a personas desprevenidas que están desnudas o manteniendo relaciones sexuales (varias víctimas, diferentes en cada ocasión) puede ser interpretado, como norma general, como la presencia de tres o más víctimas en diferentes ocasiones. Un menor número de víctimas puede satisfacer el criterio siempre que se espíe a la misma victima en varias ocasiones o si hay pruebas que confirman un interés distinto o preferente en observar a escondidas a personas desprevenidas que están desnudas o en actividad sexual. Nótese que la existencia de varias víctimas, como se ha sugerido anteriormente, es condición suficiente pero no necesaria para el diagnóstico; los criterios también pueden cumplirse si el sujeto reconoce un interés sexual voyeurístico intenso.

El marco temporal del Criterio A, en el que los signos o síntomas del voyerismo deben a ver persistido durante al menos 6 meses, debe entenderse como una pauta general, no como un umbral estricto, con el fin de asegurar que el interés sexual en observar a escondidas a personas desprevenidas desnudas o en actividad sexual no es meramente transitorio.

La adolescencia y la pubertad generalmente incrementan la curiosidad y la actividad sexual. Con el fin de atenuar el riesgo de patologizar el interés y el comportamiento sexual que son normales durante la adolescencia puberal, la edad mínima para el diagnóstico del trastorno de voyerismo se establece en 18 años (Criterio C).

Criterios diagnósticos

  1. Durante un periodo de al menos seis meses, excitación sexual intensa y recurrente derivada de la observación de una persona desprevenida que está desnuda, desnudándose o dedicada a una actividad sexual y que se manifiesta por fantasías, deseos irrefrenables o comportamientos
  2. El individuo ha cumplido estos deseos sexuales irrefrenables con una persona que no ha dado su consentimiento o los deseos irrefrenables o fantasías sexuales causan malestar clínicamente significativo o deterioro en lo social, laboral u otras áreas importantes del funcionamiento.
  3. El individuo que experimenta la excitación y/o que actúa con un deseo irrefrenable tiene como mínimo 18 años de edad

Especificar si:

En un entorno controlado: este especificador se aplica sobre todo a individuos que viven en una institución o en otros ámbitos en los que la oportunidad de un comportamiento voyueurista es limitada.

En remisión total: el individuo no ha cumplido sus deseos irrefrenables con una persona sin su consentimiento, y no ha existido malestar ni problemas sociales, laborales o en otros campos del funcionamiento durante al menos cinco años en los que ha estado en un entorno no controlado

El especificador “en remisión total” no implica la presencia o ausencia continuada de vouyerismo per se, que puede estar presente después de que los comportamientos o el malestar hayan remitido.

Prevalencia

Los actos de voyerismo son los más frecuentes para un potencial comportamiento sexual delictivo. La prevalencia entre la población del trastorno de voyerismo se desconoce. Sin embargo, basándose en muestras no clínicas de actos sexuales voyeurísticos, la máxima prevalencia del trastorno de voyerismo a lo largo de la vida es aproximadamente el 12% en los hombres y el 4% en las mujeres.

Curso y desarrollo

Los hombres adultos con trastorno de voyerismo a menudo se dan cuenta por primera vez en la adolescencia de su interés por espiar a escondidas a personas desprevenidas. Sin embargo, la edad mínima para el diagnóstico del trastorno de voyerismo es de 18 años por la dificultad que entraña diferenciarlo de la curiosidad y la actividad sexual propias de la pubertad a esas edades. La persistencia del voyerismo a lo largo del tiempo no está clara. El trastorno de voyerismo, sin embargo, requiere por definición uno o más factores contribuyentes que pueden variar con el tiempo con o sin tratamiento: malestar subjetivo (p.ej., culpa, vergüenza, frustración sexual intensa, soledad), morbilidad psiquiátrica, hipersexualidad e impulsividad sexual, deterioro psicosocial y propensión a comportarse sexualmente espiando a personas desprevenidas desnudas o en actividad sexual. Por lo tanto, el curso del trastorno de voyerismo es probable que cambie con la edad.,

Factores de riesgo y pronóstico

Temperamentales. El voyerismo es una condición previa necesaria del trastorno de voyerismo, por consiguiente, los factores de riesgo del voyerismo deberían a su vez incrementar las tasas del trastorno de voyerismo.

Ambientales. El abuso sexual en la infancia, el abuso de sustancias y la preocupación sexual/hipersexualidad se han sugerido como factores de riesgo, aunque la relación causal con el voyerismo es incierta y la especificidad no está clara

Aspectos diagnósticos relacionados con el género

El trastorno de voyerismo es muy raro en las mujeres en los contextos clínicos, mientras que la proporción entre hombres y mujeres que realizan actos aislados de voyerismo para alcanzar la excitación sexual podría ser de 3:1.

Diagnostico diferencial

Trastorno de conducta y trastorno de la personalidad antisocial. El trastorno de conducta de los adolescentes y el trastorno de la personalidad antisocial se caracterizarían por el comportamiento añadidos antisociales y de transgresión de las normas establecidas, mientras que estaría ausente el interés sexual especifico por observar a escondidas a personas desprevenidas desnudas o en actividad sexual.

Trastornos por consumo de sustancias. Los trastornos por consumo de sustancias pueden entrañar episodios voyeurísticos aislados en los individuos intoxicados, pero no deberían incluir el típico interés sexual por espiar a escondidas a personas desprevenidas o en plena actividad sexual. De ahí que los comportamientos, deseos irrefrenables y/o fantasías voyeurísticas recurrentes que ocurren también cuando el individuo no está intoxicado sugieran la posible presencia de un trastorno de voyerismo.

Comorbilidad

La comorbilidad conocida del trastorno de voyerismo se basa en gran medida en estudios con hombres que o bien han sido sospechosos o bien han sido condenados por observar a escondidas a personas desprevenidas desnudas o que realizaban actividades sexuales. Por tanto, esta comorbilidad no debería aplicarse a todos los individuos con trastorno de voyerismo. Entre las afecciones comórbidas con el trastorno de voyerismo están la hipersexualidad y otros trastornos parafílicos, especialmente el trastorno de exhibicionismo. También son afecciones comórbidas frecuentes los trastornos depresivos, bipolar, de ansiedad y de consumo de sustancias. El trastorno por déficit de atención/hiperactividad, el trastorno de conducta y el trastorno de la personalidad antisocial también son afecciones comórbidas frecuentes.

 

(información extraída de DSM-5 manual diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales / American Psychiatric Association, 2014)

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