Los criterios diagnósticos del trastorno de sadismo sexual pueden aplicarse tanto a los individuos que admiten libremente este interés parafílico como a aquellos otros que niegan categóricamente cualquier tendencia sexual a someter a sufrimiento físico o psicológico a otras personas a pesar de tener pruebas objetivas de lo contrario. Los individuos que abiertamente reconocen su marcado intento sexual por someter a sufrimiento físico o psíquico a terceras personas son denominados “individuos que lo admiten”. Si estos individuos refieren también problemas psicosociales debidos a sus preferencias o deseos sexuales de someter a sufrimiento físico o psicológico a otras personas, pueden ser diagnosticados de trastorno de sadismo sexual. Por el contrario, si los individuos que lo admiten refieren no sufrir malestar, ejemplificado por la ausencia de ansiedad, obsesiones, culpa o vergüenza a causa de sus impulsos parafílicos, estos impulsos no suponen un obstáculo para alcanzar otras metas personales y los antecedentes psiquiátricos, legales o confesados indican que no actúan de esa manera, entonces puede confirmarse que tienen interés sexual en el sadismo, pero no cumplen los criterios para ser diagnosticados de trastorno de sadismo sexual.
Entre los ejemplos de individuos que niegan cualquier interés por el sufrimiento físico o psicológico de otras personas están aquellos que se sabe que han infringido dolor o sufrimiento a varias personas en diferentes ocasiones pero que niegan cualquier deseo irrefrenable o fantasía relacionada con dicho comportamiento sexual y que pueden asegurar que dichos episodios de agresión sexual fueron no intencionados o de naturaleza no sexual. Otros individuos pueden admitir episodios precedentes de comportamiento sexual en los que se ha infringido dolor o sufrimiento a personas sin su consentimiento, pero no refieren ningún interés sexual significativo o continuado en el sufrimiento físico o psicológico de terceras personas. Desde el momento en que se niegan tener deseos irrefrenables o fantasías de excitación sexual en relación con el dolor o sufrimiento, estos individuos también negarán sentir malestar subjetivo o deterioro psicosocial por causa de sus impulsos. Estos individuos pueden ser diagnosticados de trastorno de sadismo sexual a pesar de su negativa a aceptarlo. El sadismo sexual (al cumplir el Criterio A) y simultáneamente demuestra que ese comportamiento de motivación parafílica causa malestar, daño o riesgo de daño clínicamente significativo en terceras personas (al cumplir el Criterio B).
El sadismo sexual “recurrente” contra personas sin su consentimiento (varias víctimas, diferentes en cada ocasión) puede ser interpretado, como norma general, como la existencia de tres o más victimas en diferentes ocasiones. Un menor número de víctimas puede también satisfacer el criterio si se dan varios casos de infligir dolor y sufrimiento a la misma persona o si hay pruebas que confirman un interés claro o preferente por el dolor y el sufrimiento de varias personas. Nótese que la multiplicidad de víctimas, como se ha sugerido anteriormente, es una condición suficiente pero no necesario para el diagnóstico; los criterios también pueden cumplirse si el individuo reconoce un intenso interés sexual por el sadismo.
El marco temporal del Criterio A, que indica que los signos o síntomas de sadismo sexual deben haber persistido durante al menos 6 meses, debe entenderse como una pauta general, no como un umbral estricto, con el fin de asegurar que el interés sexual por infligir dolor y sufrimiento a personas sin su consentimiento no es meramente transitorio. Sin embargo, el diagnostico debe realizarse si hay un periodo más corto, pero claramente continuado, de comportamiento sádico.
El uso frecuente de pornografía que ilustre el acto de infligir dolor o sufrimiento es, en ocasiones, una característica asociada al trastorno de masoquismo sexual.
(información extraída de DSM-5 manual diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales / American Psychiatric Association, 2014)